El matrimonio reparador en México fue legal hasta 1997, se trataba de un matrimonio arreglado, forzado, en el que el hombre que ha violado a una mujer la obliga a casarse con él para «reparar» la supuesta ofensa social y evitar así el juicio o el castigo legal por el crimen de violación.
Esta práctica, en la que la víctima era forzada a casarse con su agresor violaba los derechos de las mujeres en lugar de castigar al abusador.
El argumento detrás de esta disposición era “restaurar el honor” de la mujer y de su familia, trasladando la carga de la violencia a la víctima en lugar de al responsable.
El Código Penal Federal de 1931 contemplaba esta medida en su artículo 266. Fue en 1991 cuando se eliminó a nivel federal.
En Guerrero se derogó en 1991, en Campeche en 1997 y en Yucatán hasta 1999. Incluso, organismos de derechos humanos denunciaron que en algunos códigos estatales sobrevivieron disposiciones similares hasta el siglo XXI.
La derogación definitiva de estas leyes representó un paso fundamental en el reconocimiento de los derechos de las mujeres y en la lucha contra la normalización de la violencia sexual.
Aunque ya no existe legalmente, el “matrimonio reparador” reveló cómo durante décadas las leyes priorizaron la reputación social por encima de la dignidad y el bienestar de las víctimas.
Pero leyes del mismo tipo aún son una realidad en varias partes del mundo, incluída América Latina, según el reciente informe del Fondo de Población de Naciones Unidas (UNFPA), titulado «Mi cuerpo me pertenece».
El reporte señala que casi la mitad de las mujeres en 57 países en desarrollo no tienen autonomía sobre sus cuerpos, y se les niega el derecho a decidir si desean tener relaciones sexuales, usar métodos anticonceptivos o buscar atención de salud.
¿Qué países tienen estas leyes a nivel internacional?
El informe de la ONU cita como una de sus fuentes los reportes de la ONG internacional con sede en Washington «Equality Now».
En su informe de 2017, Equality Now destacó numerosos ejemplos de países en Medio Oriente y el norte de África en los que un violador puede evadir la justicia mediante el matrimonio: Irak, Baréin, Libia, Kuwait, territorios palestinos, Túnez, Jordania y Líbano.
República Dominicana, aún tiene un artículo en su código penal que permite que el perpetrador de una violación escape a su condena contrayendo matrimonio. Y en Venezuela sigue esta práctica.
Túnez, Jordania y Líbano eliminaron estas leyes en 2017, y Palestina hizo lo mismo en 2018. Otros ejemplos citados en el informe de la ONU son Angola, Argelia, Camerún, Guinea Ecuatorial, Eritrea, Siria y Tayikistán.
Las víctimas casadas con sus violadores se ven atrapadas en uniones que las exponen a posibles violaciones y otras agresiones de por vida.
«En muchas ocasiones estas leyes existen porque lo que se está tratando de ‘proteger’ aquí es el honor de la familia, del nombre, el honor de la víctima», explocó Bárbara Jiménez, abogada especializada en derechos de la mujer y representante de Equality Now para América Latina, en una entrevistadenla BBC.
Las mujeres son expuestas a más peligro solo por el «deshonor» por la pérdida de virginidad que es visto por las familias como un mal mayor que la integridad de sus hijas.
Estas normas también existieron en Europa. Italia, por ejemplo, las eliminó en 1981 y Francia en 1994.
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